Ordenanza municipal multa con120 soles los juegos violentos del carnaval riojano 214

El Patronato del Carnaval hace público el Bando Municipal que prohibe los juegos violentos durante la fiesta del Carnaval Riojano 2014, los infractores serán sancionados con una multa de S/. 120.00 nuevos soles.

LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE RIOJA
CONSIDERANDO:

Que, es política de Ia actual Administración Municipal resaltar los hechos históricos y tradicionales de nuestros pueblos, con el propósito de remarcar nuestra identidad como provincia;
Que, las tradiciones, usos y costumbres ancestrales de los pueblos deben conservarse latentes, ya que constituyen patrimonio cultural y turístico de la Región;
Que, los antecedentes históricos y culturales de Rioja, nos dan cuenta que una de las tradiciones y costumbres de nuestra ciudad, es celebrar las festividades del carnaval.
Que, a través de la celebración de actividades y festividades, como las programadas por Ia celebración del Carnaval Riojano 2014, resulta necesario que la población en su conjunto participe y disfrute de los días de celebración;
Que con Ordenanza Municipal N" 003-2009-CN/MPR de fecha 12/01/09, se aprueba la Ordenanza de protección contra los actos o juegos violentos durante las celebraciones de los Carnavales en la Capital del Carnaval de la Región San Martín;
Que en uso de las facultades conferidas por los Articulos 20º numeral 3), 6) y Articulo 42º de la Ley Orgánica de Municipaiidades, la Alcaldesa de la Municipalidad provincial de Rioja:

DECRETA
 INVITAR A TODA LA POBLACION DE LA PROVINCIA DE RIOJA, A LAS ACTIVIDADES PROGRAMADAS CON OCASIÓN DEL CARNAVAL RIOJANO 2014, CUYAS FECHAS CENTRALES SON DEL 28 DE FEBRERO AL 05 DE MARZO DEL 2014. ASI COMO LAS FIESTAS PRE CARNAVALESCAS QUE INICIA EL 12 DE ENERO Y CULMINA EL 26 DE FEBRERO DEL 2014.

 RECOMENDAR A LA CIUDADANÍA OUE DISFRUTE Y PARTICIPE EN LAS ACTIVIDADES PROGRAMADAS EVITANDO PRODUCIR DAÑOS PERSONALES Y MATERIALES

 EXHORTAR A TODAS LAS PERSONAS QUE DISFRUTEN DE LAS ACTIVIDADES DURANTE LA CELEBRACIÓN DE LOS CARNAVALES, ACTUAR CON CORDURA, PROHIBIÉNDOSE LOS ACTOS O JUEGOS VIOLENTOS.

 SE CONSIDERA ACTOS O JUEGOS VIOLENTOS:
A) ARROJAR PEQUEÑOS GLOBOS DE AGUA A LA POBLACIÓN, VISITANTES, TURISTAS Y EXCURSIONISTAS.
B) ARROJAR A LAS PERSONAS PINTURA, TALCO, BARRO, BETÚN O CUALQUIER OTRO ANALOGO.
C) REALIZAR ALGÚN TIPO DE TOCAMIENTOS INDEBIDOS A LAS PERSONAS APROVECHANDO LOS JUEGOS DE CARNAVAL.

 SANCIÓN:  LAS PERSONAS QUE COMETAN LOS ACTOS O JUEGOS VIOLENTOS, SERÁN CONDUCIDOS A LA DEPENDENCIA DE LA POLICIA NACIONAL, CON CONOCIMIENTO DEL FISCAL DE TURNO, PARA QUE PROCEDA CONFORME A SUS ATRIBUCIONES, SIN PERJUICIO DE ELLO SERÁN PASIBLES DE UNA MULTA EQUIVALENTE A LA SUMA DE S/. 120.00 (CIENTO VEINTE NUEVOS SOLES)

6º EN CASO DE QUE, EL INFRACTOR SEA UN MENOR DE EDAD, SERÁ PASIBLE DE LA MULTA EL PADRE, TUTOR O CURADOR, SEGÚN CORRESPONDA.

REGiSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

QF. MERCEDES TORRES CHÁVEZ
ALCALDESA DE RIOJA.

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